jueves, 11 de noviembre de 2010

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD PARA EDILES

Los alcaldes tendrán facultades para comprometer recursos públicos destinados a cubrir la cotización de seguridad social en salud a los miembros de las Juntas Administradores Locales.


Así lo propone el proyecto de ley que adiciona las Leyes 1994 y 617 de 2000, y que  tendrá primer debate en la Comisión Primera de la Cámara.

La iniciativa faculta a estos mandatarios para que, previa autorización legal proferida por el Concejo Municipal, destinen recursos públicos para cotizar la seguridad social en salud bajo la modalidad de régimen contributivo, correspondiente a los miembros a los ediles que no perciban honorarios o salarios de naturaleza pública como reconocimiento a sus funciones.

“Busca hacer justicia con estos servidores públicos que desarrollan multiplicidad de labores, lo que implica no solo dedicar todo su tiempo en trabajos que no les representan ningún emolumento o ingreso de dinero, sino que genera una demanda de gastos que obligatoriamente tienen que cancelar si es que se quiere que su gestión cumpla con los presupuestos constitucionales y legales”.

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