A sanción presidencial pasó el proyecto de ley que propone límites a los incentivos que se establecen para quienes instauran acciones populares, con el cual se pretende acabar con las ‘mafias’ que utilizaban esta figura constitucional para beneficio de particulares.
La iniciativa, que contó con 47 votos a favor y 10 en contra, establece que los jueces tendrán un margen entre 10 y 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes para otorgar dichos incentivos.
“En los casos en los que se trate de acciones populares generadas en la violación a los derechos colectivos a la moralidad administrativa y al medio ambiente, los demandantes tendrán derecho a recibir el 5 por ciento del valor total recuperado por la entidad pública, siempre y cuando el caso culmine con sentencia desfavorable para el accionado”.
Esto, determina que ya no se les reconocerán el 15 por ciento, como funciona en la actualidad, ya que con esto se procura “dar mayor claridad al operador jurídico”.
“Quedó consignado un parágrafo transitorio en materia de vigencia que establece que las acciones populares radicadas ante la administración de justicia, al momento de entrar en vigencia la presente ley, continuarán su trámite bajo el mando de la norma derogada hasta su culminación, en caso de ser rechazada por el Juez o Magistrado por cualquier causa, la nueva demanda si la intentare el actor se regirá por la presente ley”.
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